Servicios Consulares

Servicio del Consulado

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    PERSONAL
     DEPARTAMENTO CONSULAR
     
     
    Cualquier consulta al correo: Consular1@sanjose.mfa.gov.il
     
    Solamente para casos de emergencia los fines de semana: dcm@sanjose.mfa.gov.il  
     
    IMPORTANTE: ANTES DE LLEGAR A LAS OFICINAS DE LA EMBAJADA SE DEBE SOLICITAR CITA A Consular1@sanjose.mfa.gov.il
     
    Dirección y Teléfono
     
    Paseo Colón, Calle 38 avenida 2.
    Oficento Colón, Piso 11
    San José
    Costa Rica
     
    Telefono: 22 21 64 44 Ext. 514
     
    Servicio consular de Lunes a Viernes : 9 am a 12 pm

    El consulado no abre los fines de semana, feriados locales ni festividades judías.
     
     
    NÚMERO DE EMERGENCIA: 506 (8822-7995)
    00972 25303155
     
     
    Registro de Ciudadanos Israelíes en el Extranjero
    Los ciudadanos israelíes que residan en el extranjero por un periodo superior a 45 días deben registrarse en la Embajada israelí en cuya zona de responsabilidad residan (haga clic aquí para descargar el formulario de Registro de Ciudadanos Israelíes en el Extranjero).
    Los ciudadanos israelíes que residan en el extranjero por un plazo superior a un año deben registrarse en la Embajada israelí una vez al año (consulte las instrucciones sobre la obligación de registrarse, que están impresas en la contraportada de su pasaporte).
    Rellene el formulario y envíelo por fax o correo electrónico al Departamento Consultar de la Embajada (para obtener la información de contacto, consulte el capítulo en Información General).
    Certificación notarial
    General
    La autoridad de un representante diplomático y consular para emplear poderes notariales en el extranjero se deriva de la Sección 50 (A) de la Ley de Notarías, 5736 - 1976. Bajo esta ley, la acción llevada a cabo por el representante en virtud de estos poderes es equivalente a un acta notarial.
    La certificación notarial debe llevarse a cabo en presencia física del representante diplomático / consular.
    Certificaciones notariales ofrecidas por la Embajada
    Estas son las certificaciones notariales que ofrece la Embajada bajo la ley y sus disposiciones:
    • Verificación de firmas
    • Verificación de las firmas y sellos de las instituciones oficiales y de los oficiales en el país en el que se encuentra la Embajada, en aquellos países que no hayan firmado el Convenio de La Haya de 1961, sobre la Eliminación del Requisito de la Legalización de Documentos Públicos Extranjeros (apostilla)
    • Fes de vida
    • Certificado de la exactitud de la copia de un documento
    • Toma y certificación de declaraciones juradas
    • Certificado de opiniones de expertos, y certificados médicos
    • Certificación de testamentos
    El representante diplomático / consular no llevará a cabo certificaciones notariales de documentos en las siguientes circunstancias:
    • Cuando el acto no se lleva a cabo de forma libre y voluntaria.
    • Cuando el acto contraviene las leyes del país donde está establecida la Embajada.
    • Cuando el documento es fraudulento y/o viola la ley.
    • Cuando el documento está incompleto o es defectuoso.
    • Si el representante o el signatario no conoce el idioma en el que está redactado el documento, la traducción se llevará a cabo bajo las condiciones especiales que están especificadas en la legislación pertinente.
    Comentario: El representante diplomático o consular puede ejercer su criterio referente a cada certificación notarial, y por tanto puede negarse a llevarla a cabo si no está convencido de que se han cumplido todos los requisitos legales.
    Documentos originales y copias
    La Embajada está autorizada a confirmar que un documento concreto es una copia certificada de otro documento, sujeto a las pautas internas. Si es necesaria la verificación de las copias de documentos originales, el Departamento Consular de la Embajada fotocopiará el documento original para poder establecer que la copia es idéntica al original y expedirá a continuación el certificado. No se aceptarán fotocopias de documentos que no hayan sido realizadas por el Departamento Consular de la Embajada.
    Hay un cargo para la fotocopia de documentos. Para ver el coste de cada página fotocopiada, consulte la tabla de tarifas en la sección 1-56, subsección 2 (haga clic https://www.gov.il/BlobFolder/news/consular_service_fee_chart/he/Agrot.pdf  para abrir la tabla de tarifas).
    Identificación de la persona que solicita el servicio
    El representante identificará al ciudadano por medio de su pasaporte, carné de identidad u otro documento público que incluya una fotografía, y que sea considerado apropiado por el representante diplomático / consular.
    La identificación para la firma de un documento que vaya a ser utilizado en una transacción inmobiliaria sólo podrá llevarse a cabo con un pasaporte o carné de identidad.
    Expedición y prórroga de documentos de viaje
    Información general
    Todos los ciudadanos israelíes residentes en el extranjero, tanto menores como adultos, deben llevar en todo momento un documento de viaje israelí validado. Los documentos de viaje expedidos por el Estado de Israel a sus ciudadanos (pasaportes y salvoconductos) son propiedad del Estado y deben protegerse cuidadosamente.
    El pasaporte israelí para adultos tiene una validez de 5 años, y el de los menores de edad, de 5 años. Los adultos, si han pasado 5 años desde la fecha de expedición del pasaporte, habrán de contactar con su Embajada para obtener un pasaporte nuevo. Si el plazo es menor de 5 años desde la expedición del pasaporte, puede entonces prorrogarse hasta los 5 años.
    Según la Ley del Registro Civil, la tramitación (emisión o renovación) de documentos de viaje está condicionada a la actualización del estado civil del interesado (matrimonio/divorcio/viudez/hijos, etc.). A falta de actualización, se emitirá el documento con una validez máxima de un año.
    Prórroga de pasaporte
    Adultos
    Para prorrogar el periodo de validez de un pasaporte, por favor rellene el formulario correspondiente y envíelo junto con el pasaporte al Departamento Consular de la Embajada (haga clic aquí para descargar la Solicitud para Prórroga de Pasaportes). Esta renovación está exenta de cargos.
    Menores
    El periodo de validez del pasaporte de un menor puede prorrogarse hasta cinco años, hasta que cumpla los 17 años de edad. Después de que haya sido determinado su estatus militar, el pasaporte del menor puede prorrogarse según lo acordado por las autoridades de las Fuerzas de Defensa de Israel (para más información, consulte más abajo, en el capítulo sobre renovación y autoridades de las Fuerzas de Defensa de Israel).
    Para más información sobre el procedimiento para prorrogar el pasaporte de un menor, por favor llame al Departamento Consular de la Embajada.
    Renovación de pasaportes caducados
    Adultos
    Para la renovación de un pasaporte, debe llevar a la Embajada (o enviar por correo electrónico - consulte el capítulo en Información General) los siguientes documentos:
    Menores
    Por favor, llame al Departamento Consular de la Embajada para obtener información sobre las condiciones para expedir documentos de viaje a menores.
    Reposición del documento de viaje en caso de pérdida / robo / destrucción
    En el caso de pérdida / robo / destrucción de un documento de viaje, deberá ir a la Embajada para solicitar su reposición. Por favor, asegúrese de llevar los siguientes documentos:
    • Dos fotografías de pasaporte.
    • Identificación con fotografía (carné de identidad o carné de conducir de Israel).
    • Pérdida / robo / destrucción de un pasaporte o salvoconducto (haga clic aquí para descargar el formulario de Declaración de Pérdida / Robo / Destrucción de un pasaporte o salvoconducto). El formulario debe firmarse en presencia del representante diplomático / consular.
    • Una solicitud de un nuevo pasaporte, rellenada y firmada (haga clic aquí para descargar la Solicitud para un Nuevo Pasaporte).
    • El pasaporte israelí es propiedad del Estado. La pérdida / robo / destrucción del pasaporte requiere el pago de una tarifa más elevada (haga clic https://www.gov.il/BlobFolder/news/consular_service_fee_chart/he/Agrot.pdf para abrir la lista de tarifas).
    Registro de un niño de ciudadanos israelíes nacido en el extranjero
    La Sección 11 de la Ley de Registro de Población establece que "un residente que haya tenido un hijo en el extranjero debe notificar en la oficina de registro los datos del registro de su hijo en un plazo de 30 días".
    Procedimiento para presentar la “notificación del nacimiento en el extranjero de un ciudadano israelí”
    Para registrar a un hijo de ciudadanos israelíes nacido en el extranjero, uno de sus padres deberá personarse ante el representante diplomático / consular de la Embajada y cumplimentar el proceso de registro, durante el cual será necesario:
    • Rellenar y firmar el formulario de Notificación de Nacimiento de un Ciudadano Israelí en el Extranjero (haga clic aquí para descargar el formulario de Notificación de Nacimiento de un Ciudadano Israelí en el Extranjero).
    • Presentar el original del certificado de nacimiento, verificado con el sello internacional de Apostilla en los países firmantes del Convenio de La Haya de 1961, o presentar un certificado verificado por la autoridad competente del país en cuestión (véase el capítulo correspondiente en Información General).
    • Fotocopias de los pasaportes de los padres.
    • Si los padres están casados y no hay constancia oficial de ello en el Registro de Población del Estado de Israel, deben presentar su certificado de matrimonio verificado (haga clic aquí para descargar el formulario de Notificación de Matrimonio).
    Expedición de pasaporte para un menor que acabe de ser registrado
    Para expedir un pasaporte para un menor, uno de los padres israelíes debe personarse con el niño ante el representante diplomático / consular de la Embajada. El proceso de expedición de pasaporte para un menor es el siguiente:
    Tramitación de solicitudes de pasaporte con las Fuerzas de Defensa de Israel
    La Ley de Servicio de Defensa (Versión Consolidada), 5747 - 1986 y la Autoridad para Ejecutarla en el Extranjero
    La Ley de Servicio de Defensa (Versión Consolidada), 5747 - 1986 y la autoridad para ejecutarla en el extranjero se aplica a todos los ciudadanos del Estado de Israel, tanto residentes en Israel como en el extranjero, incluso aunque tengan otra nacionalidad, e incluso aunque vivan en el extranjero de forma permanente. También se aplica a los residentes en Israel, incluso aunque no sean ciudadanos israelíes. La obligación de servicio forzoso se aplica a todo hombre que sea apto para el servicio, entre las edades de 18 y 29 años, ambas incluidas. De todos modos, se entenderá que ha violado la ley toda persona que haya pasado la edad del servicio obligatorio y no haya cumplido con esta obligación en el periodo de edad establecido por la ley, y será requerida para que sirva en las Fuerzas de Defensa de Israel según establezcan las autoridades de las mismas.
    Registro y establecimiento del estatus militar con el representante diplomático / consular
    Todo ciudadano / residente permanente en el Estado de Israel, al llegar a la edad de 16 años y medio, incluso si está viviendo o permanece en el extranjero por cualquier motivo, está obligado por la Ley de Servicio de Defensa a establecer su estatus ante las autoridades de las Fuerzas de Defensa de Israel. Una persona designada para hacer el servicio de defensa, que sea llamada a presentarse bajo una orden general de llamada a filas, debe presentarse en Israel en la fecha y lugar especificados en la orden. De todos modos, si se encuentra en el extranjero, puede presentarse ante el representante diplomático / consular de la Embajada para propósitos de registro. En el momento de su registro, puede presentar una solicitud para postergar su fecha de incorporación al servicio de defensa.
    El registro se presenta rellenando el formulario de Registro y Solicitud Personal de una Persona Residente en el Extranjero Designada para el Servicio de Defensa (haga clic aquí para descargar el formulario de Registro y Solicitud Personal de una Persona Residente en el Extranjero Designada para el Servicio de Defensa).
    Si la persona designada para el servicio de defensa desea solicitar un aplazamiento, deberá rellenar el formulario de Solicitud para Aplazamiento del Servicio de Defensa - Ciudadanos Israelíes en el Extranjero (haga clic aquí para descargar el formulario de Solicitud para Aplazamiento del Servicio de Defensa).
    Estos formularios deben ir acompañados de:
    • Una carta oficial de la escuela en la que la persona designada para el servicio de defensa se encuentre estudiando, especificando el número de años que lleva en ella como estudiante, y los que restan hasta la finalización de sus estudios.
    • Fotocopias de los pasaportes de sus padres.
    • Un certificado que asegure que es en ese país donde la persona está desarrollando su vida junto con sus padres.
    Puede obtenerse más información en la página web de las Fuerzas de Defensa de Israel:
    http://www.aka.idf.il/Main/Home/Default.aspx?pop=Malshab
    Aplazamiento del servicio y restricciones en la visita a Israel
    Si se toma la decisión de conceder un aplazamiento a una persona designada para el servicio de defensa mientras esta se encuentra en el extranjero, el representante diplomático / consular le explicará las condiciones y restricciones que se le aplicarán en todo lo relacionado con los periodos de tiempo de sus visitas a Israel.
    Solicitudes de Información del Registro de Población del Estado de Israel y de la Policía de Israel
    Las Embajadas israelíes en el extranjero suministran a los ciudadanos israelíes y/o a los residentes israelíes en el extranjero algunos de los servicios requeridos por las disposiciones de la Ley de Registro de la Población, 5725 - 1965, La Ley de Nombres, 5716 - 1956 y la ley de Registros Criminales y Rehabilitación de Delincuentes, 5741 - 1981.
    Solicitudes para recibir un extracto de registro / certificado de nacimiento / certificado de defunción / registro de entradas y salidas
    Para recibir uno de estos certificados, deberá rellenarse una solicitud para obtener la documentación del Registro de Población (haga clic aquí para descargar la Solicitud para Obtener Documentación del Registro de Población). Este servicio está libre de cargos, a menos que sea requerida una apostilla (haga clic https://www.gov.il/BlobFolder/news/consular_service_fee_chart/he/Agrot.pdf , para abrir la lista de tarifas).
    Si se necesita obtener un certificado de nacimiento traducido al inglés, deberá presentarse una solicitud con anticipación.
    Cualquier consulta deberá realizarse en el Departamento Consular en las cuatro a seis semanas siguientes a la recepción del certificado.
    Certificado de Nacionalidad o No Nacionalidad Israelí
    Según lo expuesto en la Sección 15 de la Ley de Nacionalidad, 5712 - 1952 (Versión Consolidada), un ciudadano israelí tiene derecho a obtener un certificado del Ministerio del Interior que atestigüe su nacionalidad israelí. Este certificado puede obtenerse en hebreo o en inglés, junto con la fecha en la que se otorgó la nacionalidad. Los interesados en el último punto deben precisarlo por separado.
    En ocasiones, las autoridades locales requieren el certificado de nacionalidad israelí a personas que se dirigen a ellas, no siendo suficiente un pasaporte israelí en vigor. Si se desea obtener un Certificado de Confirmación de Nacionalidad o No Nacionalidad Israelí directamente del Ministerio del Interior de Israel, debe rellenarse una solicitud para un Certificado de Confirmación de Nacionalidad Israelí (haga clic aquí para descargar la solicitud del Certificado de Confirmación de Nacionalidad Israelí) y enviarla por correo a la Embajada, junto con una fotocopia del carné de identidad o el pasaporte del solicitante. El importe de la tarifa debe enviarse junto con la solicitud (haga clic https://www.gov.il/BlobFolder/news/consular_service_fee_chart/he/Agrot.pdf  , para abrir la lista de tarifas).
    Importante: deben rellenarse todos los campos del formulario. En los casos de los campos que no sean relevantes, estos deben cruzarse con una línea para mostrar que no se consideran relevantes, y por eso no se han rellenado.
    El certificado suele recibirse en un plazo de entre ocho y doce semanas
    Solicitud de un certificado de buena conducta
    Una persona que haya permanecido en Israel durante un determinado periodo de tiempo y que sea requerida por el gobierno de otro país, o por una institución extranjera, para que presente el certificado de ausencia de antecedentes penales / casos criminales pendientes (certificado de buena conducta), puede enviar una solicitud a la Policía de Israel a través de la Embajada de Israel. Según establece la ley, el certificado no se envía al solicitante, sino que se hace llegar a la entidad oficial que lo ha solicitado. El certificado es emitido por la Policía de Israel.
    Se detallan a continuación los documentos que deben presentarse indefectiblemente en persona, en el Departamento Consular de la Embajada de Israel:
    • La solicitud de certificado de buena conducta (haga clic aquí para descargar la solicitud de un Certificado de Confirmación de Ausencia de Antecedentes Penales) rellenado y firmado.
    • Fotocopia del pasaporte del solicitante.
    • Información completa sobre la autoridad que requiere el certificado, y el nombre de una persona de contacto.
    • La tarifa, si se requiere una apostilla (haga clic https://www.gov.il/BlobFolder/news/consular_service_fee_chart/he/Agrot.pdf  ,para abrir la lista de tarifas).
    El certificado llegará a la Embajada entre cuatro y ocho semanas después de la presentación de la solicitud, y se enviará por correo certificado directamente a la institución que lo ha requerido. Pasadas cuatro semanas, el solicitante puede consultar por teléfono al Departamento Consular de la Embajada sobre el estado de su certificado.
    Si es necesario traducir el certificado al idioma local, consulte la lista de traductores en el capítulo correspondiente de Información General.
    Solicitud de localización de dirección
    Si una persona desea obtener la dirección de otra persona registrada en Israel, o determinar el nombre exacto de una persona registrada en Israel, debe presentar dos copias del formulario de Solicitud para Recibir Información del Registro de Población (haga clic aquí para descargar la Solicitud para Recibir Información del Registro de Población).
    Este servicio está sujeto a cargo (haga clic https://www.gov.il/BlobFolder/news/consular_service_fee_chart/he/Agrot.pdf para abrir la lista de tarifas).
    Notificaciones y actualizaciones para el Ministerio del Interior
    Según establece la Ley de Registro de Población, 5725 - 1965, todo ciudadano israelí debe notificar en el Registro de Población del Ministerio del Interior cualquier cambio en su estado civil. En el caso de ciudadanos israelíes residentes en el extranjero, el Ministerio del Interior facilita este proceso mediante formularios especiales que se envían a Israel a través de los Departamentos Consulares de las Embajadas israelíes de todo el mundo.
    A continuación se detalla cómo comunicar al Ministerio del Interior los cambios en el estado civil de los ciudadanos israelíes:
    Notificación de matrimonio
    Todo ciudadano israelí que se haya casado en el extranjero deberá informar al Registro de Población de su nuevo estado civil rellenando un formulario de notificación sobre su cambio de estado civil (haga clic aquí para descargar el formulario de Notificación de Cambio del Estado Civil) y enviándolo al Departamento Consular de la Embajada junto con el certificado original de matrimonio, verificado y traducido (salvo que esté en inglés). Si el cónyuge no es israelí, debe adjuntarse una fotocopia de la primera página de su pasaporte.
    Este servicio está exento de cargo.
    Notificación de divorcio
    Todo ciudadano israelí que se haya divorciado en el extranjero deberá informar al Registro de Población de su nuevo estado civil rellenando un formulario de notificación sobre su cambio de estado civil (haga clic aquí para descargar el formulario de Notificación de Cambio del Estado Civil) y enviándolo al Departamento Consular de la Embajada, firmado por ambos cónyuges, junto con el certificado original de divorcio, verificado y traducido (salvo que esté en inglés). Si el cónyuge no es israelí, debe adjuntarse una fotocopia de la primera página de su pasaporte.
    Este servicio está exento de cargo.
    Notificación de fallecimiento
    Un pariente próximo de un ciudadano israelí que haya fallecido en el extranjero deberá notificar al Registro de Población la muerte de su pariente rellenando un formulario de notificación sobre el cambio de estado civil (haga clic aquí para descargar el formulario de Notificación de Cambio del Estado Civil) y enviándolo al Departamento Consular de la Embajada junto con el certificado original de fallecimiento, verificado y traducido (salvo que esté en inglés).
    Este servicio está exento de cargo.
    Notificación de Fallecimiento de Cónyuge
    Un ciudadano israelí que enviude deberá informar al Registro de Población sobre su cambio de estado civil rellenando un formulario de notificación sobre su cambio de estado civil (haga clic aquí para descargar el formulario de Notificación de Cambio del Estado Civil) y enviándolo al Departamento Consular de la Embajada, junto con el certificado original de fallecimiento del cónyuge, verificado y traducido (salvo que esté en inglés).
    Este servicio está exento de cargo.
    Notificación de cambio de apellido para una persona casada, divorciada o enviudada
    Todo ciudadano israelí que se haya casado, divorciado o haya enviudado y desee cambiar de apellido debe informar de su cambio de estado civil al Registro de Población rellenando un formulario de notificación de cambio de apellido (haga clic aquí para descargar el formulario de Notificación de Cambio de Apellido) y enviándolo al Departamento Consular de la Embajada, junto con el certificado original de matrimonio, divorcio o muerte, verificado y traducido (salvo que esté en inglés).
    Este procedimiento requiere su presencia física en la Embajada.
    Este servicio está exento de cargo.
    Notificación de cambio de nombre
    Todo ciudadano israelí que desee cambiar su nombre o apellido deberá acudir en persona a la Embajada, donde rellenará dos copias del formulario de notificación de cambio de nombre (haga clic aquí para descargar el formulario de Notificación de Cambio de Nombre). La embajada enviará el formulario al Ministerio del Interior de Israel. Una vez se haya aprobado el cambio de nombre, el pasaporte se actualizará de acuerdo a él. Cuando un ciudadano que ha cambiado de nombre regrese a Israel, deberá acudir al Ministerio del Interior para que efectúen el cambio en su carné de identidad.
    El cambio de nombre está sujeto a cargo (haga clic https://www.gov.il/BlobFolder/news/consular_service_fee_chart/he/Agrot.pdf para abrir la lista de tarifas).
    Notificación de cambio de dirección en Israel
    Todo ciudadano israelí que esté viviendo en el extranjero y desee cambiar su dirección en Israel puede hacerlo rellenando un formulario de Cambio de Dirección (haga clic aquí para descargar el formulario de Cambio de Dirección). Para ello, deberá acudir en persona a la Embajada y presentar un documento de identificación. También deberá adjuntar fotocopias de la addenda a su documento de identidad y al de su cónyuge. Si tiene hijos mayores de edad que vivan con él, también deberá adjuntar fotocopias de la addenda a sus carnés de identidad.
    Renuncia a la nacionalidad israelí
    El proceso de renuncia a la nacionalidad israelí está dirigido a ciudadanos israelíes que vivan en el extranjero y que deseen renunciar a su nacionalidad israelí por cualquier motivo. Para llevarlo a cabo, debe hacerse una declaración del deseo de renunciar a la nacionalidad, acompañada por la documentación pertinente y una solicitud al Ministerio del Interior para su autorización.
    Es importante destacar que la decisión de autorizar una renuncia a la nacionalidad corre a cargo únicamente del criterio del Ministro del Interior o de una persona designada por él, y mientras esta autorización no se conceda, la persona que ha hecho la solicitud continúa siendo ciudadanos israelí. Debe apuntarse que se han producido casos en los que el Ministro ha considerado adecuado, por diversas razones, no autorizar una renuncia a la nacionalidad.
    La persona que desee presentar una solicitud para renunciar a la nacionalidad israelí deberá acudir en persona al Departamento Consular de la Embajada y una vez allí cumplir con los siguientes requisitos:
    • Notificar al Registro de Población su estado civil en el momento de formular la solicitud.
    • Establecer su estatus militar.
    • Adultos: un adulto deberá rellenar el formulario de Declaración de Renuncia a la Nacionalidad Israelí para adultos (haga clic aquí para descargar el formulario de Declaración de Renuncia a la Nacionalidad Israelí para Adultos).
    • Menores: deberá rellenarse en nombre del menor un formulario de Declaración de Renuncia a la Nacionalidad Israelí para menores (haga clic aquí para descargar el formulario de Declaración de Renuncia a la Nacionalidad Israelí para Menores).
    • Presentar la autorización de otra nacionalidad, o una carta oficial del gobierno local donde certifique que la nacionalidad local será concedida (la carta debe tener una validez mínima de dos años y estar escrita en inglés o traducida el hebreo).
    • Pagar los cargos: (haga clic https://www.gov.il/BlobFolder/news/consular_service_fee_chart/he/Agrot.pdf para abrir la lista de tarifas).
    Por favor, tenga en cuenta que:
    1.     Es muy importante rellenar todas las secciones del formulario, de otro modo el Ministerio del Interior no cursará la solicitud.
    2.     El proceso de renuncia a la nacionalidad no puede cursarse por correo. ¡La presencia física del solicitante es obligatoria!
    3.     En la sección de la declaración situada al final del formulario - Declaración de Renuncia a la Nacionalidad Israelí - el firmante asume la responsabilidad, antes de utilizar su pasaporte israelí, de comprobar en la Embajada si su nacionalidad israelí ha sido revocada.
    Consultas sobre los ciudadanos que regresen a Israel
    El Ministerio de Absorción e Inmigración se ocupa de todo lo referente a los ciudadanos que regresan al país. Para obtener información sobre los beneficios que corresponden a los ciudadanos que regresan, por favor, consulte la página web del Ministerio de Absorción e Inmigración en www.moia.gov.il, y regístrese como ciudadano que regresa.
    Además de registrarse en la página web, puede contactar directamente con el Ministerio de Absorción e Inmigración para cualquier consulta sobre los derechos de los residentes que regresan, en los siguientes números de teléfono: 03-973-3333 y 02-675-2324.
    Lista de tarifas de los servicios consulares
    Haga clic https://www.gov.il/BlobFolder/news/consular_service_fee_chart/he/Agrot.pdf para abrir la lista de tarifas de los servicios consulares.
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