Poderes
notariales y permisos consulares
Para
poder firmar un poder notarial, se requiere la presencia física del solicitante,
que deberá firmar ante un representante diplomático o consular.
Esto
significa que no se puede firmar un poder notarial a distancia.
Los
representantes diplomáticos solo podrán gestionar poderes notariales referentes
a menores con la previa autorización del Ministerio de Asuntos Exteriores de
Israel.
Las
Representaciones de Israel en el Extranjero no tienen autorización para
gestionar testamentos, verificar acuerdos económicos entre cónyuges o tratar
documentos legales.
Los
representantes diplomáticos y consulares podrán, según propia consideración,
rechazar llevar acabo un poder notarial por no responder a los criterios
legales.
A
continuación, se especifican los casos en los que no se podrá llevar a cabo un
poder notarial en la Embajada:
·
El solicitante no la
realiza por voluntad propia
·
Es contrario a las leyes
del país en el que reside
·
El documento es falso o
contrario a la ley
·
El documento no está
completo y está editado de forma inadecuada
En
los casos en los que exista un motivo que impida al solicitante presentarse en
la Embajada para la validación de su firma, deberá ponerse en contacto con la
Embajada para analizar posibles vías alternativas.
Validaciones
de firma
En
primer lugar, el interesado deberá ponerse en contacto con el departamento
consular para gestionar la aprobación de los documentos. A continuación, deberá
acudir a la Embajada con los documentos originales que desea validar, junto con
el pasaporte.
Si
el solicitante tiene menos de 18 años, se necesitará además la firma de un
tutor o la autorización de un juez.
La
firma de un documento cuyo propósito es una transacción inmobiliaria, conlleva
la identificación del solicitante exclusivamente mediante un pasaporte vigente.
Si
el idioma del documento es desconocido para el firmante o el diplomático, será
necesario adjuntar una traducción jurada y una declaración jurada del
traductor.
En
la declaración del traductor, se hará constar que domina los dos idiomas y que
la traducción es fiel al original.
Se
podrá validar la declaración del traductor de las dos formas siguientes:
- Por
el representante diplomático autorizado, como una diligencia notarial aparte
- Por
un notario local adjuntando la firma de la apostilla
- Por
un abogado de Israel
Para
validar una firma en nombre de una corporación o empresa constituida en Israel,
es necesario adjuntar los siguientes documentos: -
- Certificado
de constitución o Certificado de Registro de la empresa, firmado por el abogado
de la empresa con una firma fiel a la original.
- Una
autorización escrita y actualizada de un abogado, o administrador
de la empresa, que asegure que el firmante tiene derecho a firmar en nombre de
la empresa.
Para
validar la firma de una empresa que se ha constituido fuera de Israel, es necesario
adjuntar los siguientes documentos: -
- Certificado
de constitución o Certificado de Registro de la empresa, apostillada.
- Una
autorización escrita y actualizada de un abogado, o administrador
de la empresa, que asegure que el firmante tiene derecho a firmar en nombre de
la empresa.
En los países que no son
signatarios del convenio de apostilla de la Haya, es necesario validar los
documentos requeridos como documentos públicos extranjeros.
Validación de la copia de
un pasaporte
Deberá acudir a la
Embajada con los documentos originales que desea validar, junto con el
pasaporte, como único documento de identificación válido.
Autorización de
declaración
Deberá acudir a la
Embajada con la declaración, junto con el pasaporte como único documento de identificación
válido.
No se podrá autorizar una
declaración escrita en un idioma que el representante consular no entienda. Con
el fin de autorizar una declaración cuyo idioma el representante consular no
entienda, será necesario adjuntar una traducción y una declaración del
traductor firmada ante notario y validada.
En la declaración del
traductor, debe constar que el traductor domina ambos idiomas, y que la
traducción es fiel al original.
La declaración de un
traductor puede ser validada de las siguientes formas: -
- Por
el representante diplomático autorizado, como una diligencia notarial aparte
- Por
un notario local adjuntando la firma de la apostilla
- Por
un abogado de Israel
Fe
de vida
Podrán
acceder a este servicio las personas que viven fuera de Israel y que se
encuentran recibiendo una pensión de Israel.
Los
certificados de fe de vida para la seguridad social de Israel (Bituaj Leumí) no
conllevan ningún gasto. Los certificados de de fe de vida destinados a empresas
de pensiones etc. conllevan gastos.
Para
solicitar una fe de vida, el interesado deberá personarse en la Embajada.
Costes
del servicio
Consultar
la
tabla de
tasas
Para
cualquier información adicional, contactar con el departamento Consular
Consular2@madrid.mfa.gov.il
Consular3@madrid.mfa.gov.il
Consular4@madrid.mfa.gov.il